Favorable al contribuyente por no superar el test de proporcionalidad
Dr. Domingo Ruiz López
Socio Director
domingo.ruiz@ruizconsultores.com.mx
Como hemos comentado en boletines anteriores, en el país se presentaron más de 22,000 demandas de amparo en contra de los límites a la compensación universal de impuestos, prevista en el artículo 25, fracción VI de la Ley de Ingresos de la Federación, que establece un procedimiento sustituto al previsto en el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, para solo permitir compensaciones por adeudo propio y de un mismo impuesto; muchos de los amparos interpuestos se han comenzado a resolver, algunos de ellos de manera favorable, como es el caso de una sentencia obtenida por nuestro equipo de litigio.
¿Cómo se resolvió el Amparo?
El Juez de Distrito que concedió el amparo, resolvió los distintos argumentos planteados, y consideró que existía la razón en uno: los limites a la compensación universal de impuestos no superan el test de proporcionalidad, por dos motivos esencialmente:
- El primer motivo, es porque la medida fue creada para combatir la evasión fiscal y el abuso a través de reconocer efectos fiscales a comprobantes que amparan operaciones inexistentes, sin embargo, se parte de una premisa falsa, que consiste en suponer que limitando la compensación universal de impuestos, los contribuyentes que hacen prácticas indebidas dejarán de comprar facturas; al no demostrarse que la medida sea idónea para esta finalidad, se considera que no es proporcional dicha medida con el fin buscado.
- El segundo motivo, es por la afectación y costo que le representa a los contribuyentes no poder realizar las compensaciones universales de impuestos, las devoluciones no son automáticas, más bien se realizan a través de un procedimiento que puede ser tardado y complejo, por lo que los límites a la compensación universal suponen una restricción al derecho de un contribuyente para aplicar de manera ágil los saldos a favor de impuestos.
Bajo estos dos argumentos, el Juez de Distrito consideró que, por no respetar el test de proporcionalidad, se debe conceder el amparo para el efecto de que el contribuyente no aplique el artículo 25, fracción VI de la Ley de Ingresos de la Federación, y pueda llevar a cabo sus compensaciones sin las limitaciones previstas, sino de la manera ordinaria que permite el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
¿En todos los casos se concederá el amparo?
Los distintos juicios de amparo se están tramitando en juzgados de distrito de todo el país, y cada juez puede tener un criterio distinto, además de que no todos los contribuyentes que presentaron una demanda de amparo formularon los mismos argumentos, por lo que obtener una sentencia favorable dependerá mucho de lo que se haya argumentado en la demanda, así como del criterio del Juez.
También hay que considerar que esta sentencia no es la última palabra, por lo que habrá que esperar a conocer si las autoridades fiscales interponen un recurso de revisión que deberá resolver un Tribunal Colegiado y en qué sentido se resuelve el recurso.
En las próximas semanas es posible que se continúen resolviendo juicios de amparo contra los límites a la compensación universal, muchas sentencia serán favorables a los contribuyentes y otras no, por lo que tanto autoridades fiscales como empresas, estarán presentando recursos de revisión para que las sentencias sean revisadas, en este contexto, es muy probable que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, atraiga algunos de esos recursos para resolverlos ya sea en Pleno o a través de alguna de sus salas, y ahí se establezca un criterio.
El 12 de junio pasado la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que no era procedente otorgar la suspensión contra los límites a la compensación universal, lo que se ha visto con pesimismo en el foro de abogados, sin embargo, debemos seguir pugnando porque el Poder Judicial de la Federación ejerza debidamente su función de órgano garante de la Constitución, como sucedió en el caso comentado en el presente boletín.
En Ruiz Consultores, pensamos en tu desarrollo.