DEVOLUCIÓN Y COMPENSACIÓN DE IMPUESTOS

Dr. Domingo Ruiz López

Socio Director

domingo.ruiz@ruizconsultores.com.mx

 

Las formas en que se causan y pagan distintos impuestos en México, principalmente el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR), atienden a diseños y mecanismos que pueden tener como resultado que la empresa tenga o genere saldos a favor de cualquiera de estos impuestos, mismos que puede, solicitar su devolución o bien compensarlos.

Dichas alternativas cuentan con sus problemáticas específicas, ya sea por los procesos de devolución que lleva a cabo el Servicio de Administración Tributaria (SAT), o por las limitaciones que ahora tiene la compensación de impuestos.

¿Cómo se generan saldos a favor?

Las mecánicas de determinación y entero del ISR o del IVA, puede tener como resultado que la empresa genere saldos a favor; en el caso del ISR, este impuesto se paga mes a mes de manera provisional aplicando un coeficiente de utilidad (para el caso de las personas morales), es decir, un método de pagar el impuesto considerando la utilidad que se tuvo en el último ejercicio fiscal en que se generaron utilidades, de manera que si las utilidades en el año en que se hacen los pagos provisionales son menores que las realmente obtenidas, habrá pagado ISR en exceso.

Este fenómeno puede suceder, con sus propias características, con el IVA, el cual se paga de manera mensual, y por la neutralidad de este impuesto que busca impactar al consumidor final, puede ser que la empresa haya pagado más IVA a sus proveedores que el trasladado y cobrado a sus clientes, caso en el cual tendrá saldos a favor por concepto de este impuesto.

Devolución o compensación

Ante la generación de saldos a favor de impuestos, la empresa tiene dos alternativas: pedir su devolución o compensarlos.

Devolución

Si la empresa decide solicitar en devolución los impuestos generados, tendrá que iniciar un procedimiento ante el SAT, autoridad que para comprobar el derecho que tiene la empresa a devolver, puede iniciar un proceso de revisión especial (auditoría), la cual solamente tendrá por objeto la revisión sobre la procedencia del derecho a devolver esos saldos, es decir, no puede revisar la situación fiscal del contribuyente en general, ni puede determinar créditos fiscales.

Compensación

Otra alternativa que puede tomar la empresa es compensar los saldos que tiene a favor, es decir, en el futuro, los impuestos que se generen, en lugar de pagarlos, podrá aplicar los saldos que tenga a favor hasta que se agoten. Aunque no es muy frecuente, en este caso el SAT también podría iniciar un procedimiento de revisión sobre la correcta aplicación de las compensaciones.

Problemáticas de la devolución y compensación

Las alternativas mencionadas anteriormente tienen sus problemáticas específicas, mencionaremos algunas:

Liquidez

La generación de un saldo a favor, tiene relación directa con la liquidez de la empresa, porque se trata de cantidades que en lugar de estar en la tesorería de la empresa, lo están, pero en posesión del SAT, por lo que se debe tomar en cuenta la necesidad de liquidez y capital de trabajo en una organización para tomar una adecuada decisión.

Existen empresas que por su actividad, no pueden optar por la compensación, porque siempre son mayores las cantidades a favor de impuestos que se generan, que los impuestos que deban pagar, por lo que su única alternativa es solicitar la devolución del impuesto.

Cargas administrativas, exceso de formalidades y tiempo.

Si es que se opta por solicitar la devolución de impuestos, se deberá tomar en cuenta la carga administrativa que esto representa, ya que en el caso que el SAT inicie una revisión, son amplias y hasta excesivas las solicitudes de información que hace a los contribuyentes, quienes deben dedicar una cantidad importante de tiempo a atenderlas, con el riesgo de que el SAT considere que no fue debidamente presentada información, y “desista” la solicitud, o de plano niegue la devolución de impuestos.

En este caso, el contribuyente podrá acudir a los tribunales a demandar la nulidad de la actuación del SAT, cuando haya sido excesiva o ilegal; en el caso de que el asunto sea bien planteado y se obtenga una sentencia favorable, el SAT no solamente tendrá que devolver el impuesto al que tiene derecho el contribuyente, sino que además deberá pagar intereses al contribuyente, por todo el tiempo que demoró la devolución de impuestos.

Límites a la compensación universal

En este año 2019, la Ley de Ingresos de la Federación contempla algunos límites para llevar a cabo la compensación universal de impuestos. Compensación universal significa que cuando se tiene un saldo a favor de un impuesto, se puede aplicar contra un impuesto distinto que se deba pagar, por ejemplo, si se tiene saldo a favor de IVA, se puede aplicar ese saldo contra ISR, ya sea propio de la empresa, o retenido a terceros. Esta posibilidad está limitada durante 2019, y solamente se puede aplicar de un mismo impuesto (IVA solo contra IVA, ISR solo contra ISR), de forma que ante este estado de cosas, la cantidad de empresas cuya única alternativa sea solicitar la devolución incrementa. Justo por esta limitante fue amplia la cantidad de empresas que inició un Juicio de Amparo, cuyas resoluciones estamos prontos a conocer.

¿Qué consideración debo tomar en cuenta?

En el mes de marzo pasado las personas morales presentaron su declaración anual de ISR, y es posible que haya arrojado un saldo a favor de este impuesto, porque en 2018 se obtuvo un margen de utilidad menor que en 2017; también puede ser que en la operación mensual de la empresa, se hayan generado saldos a favor de IVA. En estos casos es una decisión de la Dirección si optar por solicitar la devolución o compensar el saldo a favor, con las problemáticas y limitaciones comentadas.

En cualquiera de los casos, es esencial que el cumplimiento fiscal de la empresa sea adecuado, y tenga los soportes necesarios para demostrar ante el SAT las operaciones que se hayan realizado, sea para obtener una devolución de manera más ágil o bien, para defender sus derechos ante un tribunal, con los elementos suficientes para obtener el éxito en el juicio.

 

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