TASAS EFECTIVAS DE ISR, NUEVO PARAMETRO DE REVISIONES DEL SAT

L.C.P y M.I José Antonio Ruiz Félix

Asociado de Consultoría Fiscal

antonio.ruiz@ruizconsultores.com.mx

 

Introducción

En diciembre del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i que estipula lo siguiente:

  1. Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y ciudadanía, procurando:
  2. Dar a conocer en forma periódica y en general para los contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta, parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos, contraprestaciones o márgenes de utilidad por la realización de sus actividades con base en el sector económico o industria a la que pertenecen.

Esto con el objetivo menciona el SAT, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y en el caso de las personas morales, a sus órganos de dirección, cuando detecte supuestos de riesgo impositivos con base en los parámetros señalados en el párrafo anterior, corregir su situación fiscal mediante la presentación de las declaraciones complementarias.

Es importante comentar que el SAT, hoy a publicado en la página del SAT las tasas efectivas de impuesto de 21 sectores económicos para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes, se espera que después se publiquen las tasas de pequeñas y medianas empresas.

TASAS EFECTIVAS DE ISR, NUEVO PARAMETRO DE REVISIONES DEL SAT L.C.P y M.I José Antonio Ruiz Félix Asociado de Consultoría Fiscal antonio.ruiz@ruizconsultores.com.mx Introducción En diciembre del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i que estipula lo siguiente: I. Proporcionarán asistencia gratuita a los contribuyentes y ciudadanía, procurando: I. Dar a conocer en forma periódica y en general para los contribuyentes de la Ley del Impuesto sobre la Renta, parámetros de referencia con respecto a la utilidad, conceptos deducibles o tasas efectivas de impuesto que presentan otras entidades o figuras jurídicas que obtienen ingresos, contraprestaciones o márgenes de utilidad por la realización de sus actividades con base en el sector económico o industria a la que pertenecen. Esto con el objetivo menciona el SAT, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y en el caso de las personas morales, a sus órganos de dirección, cuando detecte supuestos de riesgo impositivos con base en los parámetros señalados en el párrafo anterior, corregir su situación fiscal mediante la presentación de las declaraciones complementarias. Es importante comentar que el SAT, hoy a publicado en la página del SAT las tasas efectivas de impuesto de 21 sectores económicos para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes, se espera que después se publiquen las tasas de pequeñas y medianas empresas. En este boletín se verá cómo se determina la tasa efectiva del ISR, la forma de como analiza estas tasas riesgo impositivo de los sectores económicos y algunas recomendaciones importantes al respecto. Determinación de la Tasa Efectiva de ISR Para efectos de los presentes parámetros dados a conocer por el SAT, se deben considerar los siguientes aspectos: • Actividades Económicas: son aquéllas contenidas en el Anexo 6 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente • Riesgo impositivo: es la contingencia de incumplimiento de las disposiciones fiscales que le son aplicables a un contribuyente o a un conjunto de contribuyentes y que repercute en el correcto pago de contribuciones, concretamente en materia del impuesto sobre la renta. Ahora, para determinar la tasa efectiva de impuesto: es aquélla que se calcula con la información manifestada en la última declaración anual del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión, mediante la división del monto del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio. Tasa efectiva de Impuesto = ISR Causado del ejercicio fiscal que corresponda Ingresos Acumulables de dicho ejercicio Análisis de Tasas de Riesgo Impositivo Para dar una mejor comprensión del análisis del la Tasa de Riesgo impositivo se seleccionó un ejemplo el sector de la construcción de vivienda familiar, que tiene las siguientes tasas: En los parámetros vemos, tasas efectivas abarca del año 2016 al 2019, como se interpreta estas tablas, para ello vamos a seleccionar las Tasa efectiva del 2016 el cual es de 2.26% en lo cual tenemos 2 opciones: 1. Si el contribuyente tiene una tasa efectiva es mayor a la cantidad de 2.26%, quiere decir que estoy en un menor riesgo impositivo 2. Si el contribuyente tiene una tasa efectiva es menor la cantidad 2.26%, esto quiere decir que mayor riego impositivo. Dependiendo en el supuesto que tengamos no quiere decir que, si no llego a estos parámetros, ya tendremos que realizar las correcciones como tal, sino que hay que revisar si estamos estos rangos y saber porque no estamos en esos márgenes. Es importante comentar que estas tasas efectivas no toman en consideración todos los factores como, pérdidas fiscales, PTU, periodos preoperativos y el modelo de negocio de las compañías, por lo cual es importantes hacer un estudio de todas la áreas : finanzas, comercial, producción y recursos humanos en la compañía. Recomendaciones Como hemos visto a través del tiempo el SAT a encontrado formas para poder fiscalizar a los contribuyentes y esta es una nueva mecánica, por lo cual se dan siguientes recomendaciones:  Es analizar y considerar los parámetros en las empresas, aunque la tasa de riesgos sean de grandes contribuyentes que ha dado el SAT para evitar procesos de fiscalización por diferencias de criterios del SAT (Cartas invitación - Revisiones Profundas).  Revisar planeaciones fiscales  Revisiones Estructura Empresariales  Revisión Razón de Negocios de las operaciones  Revisión Operaciones con Empresa facturadoras de operaciones simuladas (EFOS)  La realización o preparación de un Defense File Esto para contar con los elementos en dado caso de una revisión, tengamos ala razones de estar en otros márgenes. Por último, para que se tenga un mejor análisis respecto de estos nuevos parámetros y un apoyo en dado caso de este nuevo proceso de fiscalización, se recomienda se realice con los expertos en la materia.

En este boletín se verá cómo se determina la tasa efectiva del ISR, la forma de como analiza estas tasas riesgo impositivo de los sectores económicos y algunas recomendaciones importantes al respecto.

Determinación de la Tasa Efectiva de ISR

Para efectos de los presentes parámetros dados a conocer por el SAT, se deben considerar los siguientes aspectos:

  • Actividades Económicas: son aquéllas contenidas en el Anexo 6 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente
  • Riesgo impositivo: es la contingencia de incumplimiento de las disposiciones fiscales que le son aplicables a un contribuyente o a un conjunto de contribuyentes y que repercute en el correcto pago de contribuciones, concretamente en materia del impuesto sobre la renta.

Ahora, para determinar la tasa efectiva de impuesto: es aquélla que se calcula con la información manifestada en la última declaración anual del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión, mediante la división del monto del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.

Tasa efectiva de Impuesto = ISR Causado del ejercicio fiscal que corresponda

                                                       Ingresos Acumulables de dicho ejercicio

 Análisis de Tasas de Riesgo Impositivo

Para dar una mejor comprensión del análisis del la Tasa de Riesgo impositivo se seleccionó un ejemplo el sector de la construcción de vivienda familiar, que tiene las siguientes tasas:

TASAS EFECTIVAS DE ISR, NUEVO PARAMETRO DE REVISIONES DEL SAT

En los parámetros vemos, tasas efectivas abarca del año 2016 al 2019, como se interpreta estas tablas, para ello vamos a seleccionar las Tasa efectiva del 2016 el cual es de 2.26% en lo cual tenemos 2 opciones:

  1. Si el contribuyente tiene una tasa efectiva
  2.  es mayor a la cantidad de 2.26%, quiere decir que estoy en un menor riesgo impositivo
  3. Si el contribuyente tiene una tasa efectiva es menor la cantidad 2.26%, esto quiere decir que mayor riego impositivo.

Dependiendo en el supuesto que tengamos no quiere decir que, si no llego a estos parámetros, ya   tendremos que realizar las correcciones como tal, sino que hay que revisar si estamos estos rangos y saber porque no estamos en esos márgenes.

Es importante comentar que estas tasas efectivas no toman en con

sideración todos los factores como, pérdidas fiscales, PTU, periodos preoperativos y el modelo de negocio de las compañías, por lo cual es importantes hacer un estudio de todas la áreas : finanzas, comercial, producción  y  recursos humanos en la compañía.

Recomendaciones

Como hemos visto a través del tiempo el SAT a encontrado formas para poder fiscalizar a los contribuyentes y esta es una nueva mecánica, por lo cual se dan siguientes recomendaciones:

  • Es analizar y considerar los parámetros en las empresas, aunque la tasa de riesgos sean de grandes contribuyentes que ha dado el SAT para evitar procesos de fiscalización por diferencias de criterios del SAT (Cartas invitación – Revisiones Profundas).
  • Revisar planeaciones fiscales
  • Revisiones Estructura Empresariales
  • Revisión Razón de Negocios de las operaciones
  • Revisión Operaciones con Empresa facturadoras de operaciones simuladas (EFOS)
  • La realización o preparación de un Defense File

Esto para contar con los elementos en dado caso de una revisión, tengamos ala razones de estar en otros márgenes.

Por último, para que se tenga un mejor análisis respecto de estos nuevos parámetros y un apoyo en dado caso de este nuevo proceso de fiscalización, se recomienda se realice con los expertos en la materia.