1. CONTEXTUALIZACIÓN DEL ASUNTO
Cuando una persona moral tiene un crédito fiscal cuenta con la obligación de estar localizado a fin de que la autoridad fiscalizadora pueda requerir del pago, sin embargo, en el caso que nos ocupa, el cliente nos informa que le fue notificado un crédito fiscal a él como persona física y responsable solidario de la moral del cual es accionista, pues a decir de la autoridad, al buscar a dicha moral había cambiado su domicilio sin presentar el aviso correspondiente.
2. DESARROLLO Y ARGUMENTACIÓN
La autoridad fiscal señaló en el crédito fiscal que la persona moral de la cual es accionista cambio su domicilio fiscal sin que presentara el aviso de cambio de domicilio y por tanto era procedente determinarle una responsabilidad solidaria y cobrarle a él como persona física el adeudo que tenía la moral, sin embargo, la autoridad realizó una incorrecta fundamentación y motivación de su resolución determinante que trascendió al fondo del asunto, es decir, las leyes, causas y motivos por los cuales la autoridad señaló que era procedente la responsabilidad solidaria en realidad no pudo probarlas.
3. CONCLUSIONES DE SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTIA ADMINISTRATIVA
Agotadas las etapas del Juicio de nulidad, la Sala respectiva concluye que efectivamente las circunstancias conocidas por la autoridad, con base a las cuales emitió la resolución impugnada no actualizan el supuesto previsto para la procedencia de la responsabilidad solidaria atribuida al accionante.
El área de litigio de Ruiz Consultores obtuvo la nulidad lisa y llana del crédito fiscal impuesto a nuestro cliente, pues aun cunado existe la figura de responsabilidad solidaria de socios o accionistas, esta no puede ser utilizada por la autoridad a su antojo y conveniencia, debiendo acreditar con pruebas suficientes que se ha configurado el supuesto exacto de responsabilidad solidaria que puede imputarse al socio o accionista de una persona moral; permitiéndonos no solo librarlo del adeudo impuesto, sino la des inmovilización de sus cuentas bancarias que previamente le habían sido embargadas.
En Ruiz consultores pensamos en tu seguridad y tranquilidad, contacta a nuestra área de litigio.