«Al homologar las bases de ambas contribuciones se pretende que éstas se calculen sobre los ingresos que efectivamente perciben los trabajadores por la prestación de servicios personales subordinados:
«La alimentación que se entregue en forma distinta de vales, de reembolso o de efectivo, y la habitación, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
«Las despensas en especie o en vales, hasta por el monto equivalente al 40% de un salario mínimo general diario del Distrito Federal, elevado al periodo de pago que corresponda. Los premios por asistencia y puntualidad, hasta por el monto en que se encuentren exentos o no se consideren ingresos gravados para el trabajador.»
El documento plantea que «los patrones sean consistentes con lo que calculan y declaran para determinar el salario base de cotización y las deducciones a que tienen derecho para efectos del Impuesto Sobre la Renta, por las remuneraciones y prestaciones que efectivamente entreguen a sus trabajadores».
Dificultades
Establece que la falta de homologación «ha provocado dos tipos de problemas»:
1) Un sistema complejo y difícil para los contribuyentes, puesto que la existencia de distintas bases gravables para un solo concepto complica el cálculo, y al mismo tiempo la fiscalización de la determinación de ambas contribuciones.
2) Los «incentivos perversos que genera en algunos patrones de aprovechar la diferencia entre ambas bases gravables para, por un lado, subestimar el salario base de cotización, y así reducir su carga de seguridad social, y por el otro reportar una nómina mayor para deducir su propia base gravable, puesto que diversos componentes de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados son deducibles para los patrones».
Revela que, según datos del IMSS y de la Secretaría de Hacienda, «la nómina reportada para efectos de las contribuciones de seguridad social en el año 2012 fue 7.5 por ciento menor que la nómina reportada para efectos del ISR sobre salarios del sector privado en dicho periodo».
La anterior situación «implica pérdidas para ambas partes: por un lado, para la Hacienda Pública y el IMSS que reciben menos recursos de los que deberían percibir, y por otro lado, para los trabajadores, quienes generan un menor ahorro para el retiro y para la adquisición de casa habitación, y reciben servicios de salud en condiciones menos óptimas».
Esto se debe a que «el salario base de cotización también es el elemento clave del cálculo de las aportaciones que se efectúan al Infonavit y a las cuentas individuales que administran las Afore».