Además, complementó que aunado a ello, no se incentivará al empleo y la inversión en la entidad, lo que sin duda hace falta impulsar.
«No es un incentivo para la creación de empleos ya que cada vez que una empresa crea empleo o aumenta el salario a sus trabajadores tiene que pagar este impuesto, de manera que, en lugar de motivar la generación de empleos o aumentar los salarios lo que hace es desmotivarlos», insistió.
El también fiscalista informó que, actualmente, el impuesto sobre la nómina es del 2% y con esta propuesta se incrementaría hasta un 3%; este impuesto existe en otros estados del país, por lo que de aumentarlo Michoacán va a estar en desventaja con otros estados de la república, opinó.
Explicó que el argumento que plantean los diputados para este incremento es que se requieren nuevos mecanismos para elevar los ingresos públicos luego de que se eliminara el pago de tenencia.
«Pero aquí lo importante de destacar es que los michoacanos si pagarán reemplacamiento el cual no se otorgará a los que no hayan pagado la tenencia, lo que significa que, por un lado van a obligar a regularizar a los vehículos y por otro lado, recuperarán ingresos», explicó.
Opinó que «con todo respeto pero los diputados junto con el gobierno deben de saber cómo tener ahorros en el gasto público así como transparentarlos para ser más eficientes y eliminar la burocracia».
Complementó Domingo Ruíz López que «sí en el tema del ingreso ya lo tienen controlado ahora hay que ver como gasta menos el gobierno porque sin duda la sociedad no soportará el aumento de este impuesto y por lo tanto, no ayudaría en lo absoluto a la economía del estado».
El impuesto sobre nóminas del 2 por ciento es un tributo estatal que grava la realización de pagos de dinero por concepto de remuneraciones al trabajo personal en relación de dependencia. Los sueldos y salarios; dinero pagado por tiempo extraordinario, bonos, primas de antigüedad, comisiones, ayudas, son considerados remuneración para este impuesto.
Este impuesto, que fue creado en 2003, alcanza y obliga a las personas físicas o morales que en su carácter de patrones, realicen pagos por remuneración a sus trabajadores y es un impuesto que se encuentra contemplado en la Ley de Hacienda del Estado y que grava la realización de pagos en dinero o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal prestado bajo la dirección o dependencia de un patrón.