PROPUESTA DE MODIFICACIONES AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Fortalecimiento del Sistema de Fiscalización

 

Domingo_Ruiz_presentacionDr. Domingo Ruiz López

Socio Director de Ruiz Consultores, S.C.

domingo.ruiz@ruizconsultores.com.mx

 

 

 

El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal presentó a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el paquete económico para 2016, el cual contiene los criterios de política económica, la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos, y las medidas de impacto en el ámbito fiscal, cuestiones a las que abordaremos a continuación.

Se proponen en el Paquete Económico distintas medidas fiscales, en particular algunas enfocadas a fortalecer el sistema de fiscalización del SAT, mediante reformas al Código Fiscal de la Federación, que a continuación sintetizaremos:

 

Lotería Fiscal

La organización de las llamadas “Loterías Fiscales” es una práctica internacional que en México se ha utilizado, y tiene por finalidad fortalecer la fiscalización a los contribuyentes, a través de invitarlos a realizar sus pagos por medios electrónicos y/o ingresar su comprobante fiscal a un sorteo, teniendo como premio el pago por parte del SAT de todo o una parte de su compra. Ejemplo de ello son las “promociones” realizadas por el SAT durante el buen fin; a través de estos mecanismos, la autoridad fiscal puede fiscalizar los gastos de los contribuyentes que pagaron con tarjeta, y la declaración de ingresos acumulables de los establecimientos que los cobraron, a fin de conocer discrepancias o fomentar la declaración de impuestos.

Se propone adicionar un artículo 33-B al Código Fiscal de la Federación que contemple la facultad para el SAT de organizar lotería fiscales.

 

Intercambio Automático de Información

En concordancia con los compromisos que México ha adquirido en materia de transparencia de información financiera, y de acuerdo con los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), a lo largo del tiempo se han venido implementando distintos mecanismos de control sobre la información financiera, ya sea en medidas fiscales de carácter formal, como declaraciones, contabilidad electrónica, avisos, informes; o bien a través de mecanismos de carácter financiero, como lo son los avisos de operaciones vulnerables que contempla la Ley Federal para Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, coloquialmente conocida como “Ley Antilavado”; todo ello alineado con los acuerdos amplios de intercambio de información financiera que México tiene celebrado con distintos países, destacadamente con Estados Unidos de Norteamérica adhiriéndose a la Ley FATCA.

Siguiendo con esa línea de control de la información, se propone un formato estándar, a fin de evitar la dispersión de la información y unificar los criterios a través de los cuales las instituciones financieras deban estar informando.

 

Declaraciones Informativas en Materia de Precios de Transferencia

En seguimiento al plan de acción para combatir la Erosión de la base Imponible y el traslado de Beneficios (BEPS) que la OCDE viene implementando, existe la obligación para los grupos multinacionales de realizar sus operaciones aplicando los métodos de “precios de transferencia”, evitando así la erosión de la base gravable en México al trasladar las utilidades de las empresas a países de baja tributación.

En tal sentido se propone la incorporación de una obligación en el Código Fiscal de la Federación para que los grupos de empresas deban proporcionar a la autoridad fiscal información relacionada con sus “precios de transferencia”, así como a presentar una declaración informativa al respecto; su omisión tendría como consecuencia la imposibilidad para celebrar contratos con gobierno además de multas altas.

 

Comprobantes Fiscales

En concordancia con las propuestas de modificaciones a la Ley del IEPS, se propone incorporar la definición en el artículo 29-A del Código Fiscal, sobre cuáles son los impuestos que pueden trasladarse en forma expresa y por separado en los comprobantes fiscales, cuando el adquirente así lo solicite.

(Para conocer las propuestas de reforma a la Ley del IEPS http://www.ruizconsultores.com.mx/medidas-de-impacto-tributario-del-ieps-paquete-economico-2016/)

 

Revisiones Electrónicas

Desde el 1 de enero de 2014, existe en el Código Fiscal de la Federación la previsión para realizar revisiones electrónicas, esto es, con la información que la autoridad fiscal tiene en su poder (derivada de contabilidad electrónica, facturas electrónicas, declaraciones, información financiera, etc.) podía emitir una preliquidación al contribuyente, es decir, el contribuyente enterarse sobre la auditoría practicada hasta la preliquidación y a partir de ahí contar con un plazo de 15 días para poder aclarar irregularidades.

La propuesta contempla ahora una comunicación previa al contribuyente, a través de un oficio donde se den a conocer las irregularidades, y acompañado de ella una propuesta de preliquidación que se puede aceptar o no, es decir, se incorpora un paso más al procedimiento donde el contribuyente puede presentar pruebas para desvirtuar las observaciones, sin embargo, el plazo para hacerlo sigue siendo reducido e indeterminado para que la autoridad fiscal pueda revisar.

 

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