La LGCG es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los estados y el Distrito Federal, los ayuntamientos de los municipios, los órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales, así como también los órganos autónomos federales y estatales.
El objeto primordial de dicha ley es contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos y administrar la deuda pública por medio de un fácil registro y una fiscalización transparente de los activos, pasivos, ingresos y gastos. Es decir, la contabilidad gubernamental determinará la valuación del patrimonio del Estado, incluyendo las obligaciones contingentes y su expresión en los estados financieros.