Créditos fiscales son lesivos

Es necesario actualizar y modernizar el sistema tributario mexicano, principalmente en la parte de los créditos fiscales ya que el mecanismo vigente puede llevar a la quiebra a las empresas, señaló Domingo Ruiz López.

El presidente de la Comisión de Hacienda del Consejo Coordinador Empresarial del Estado de Michoacán (CCEEM), explicó que las autoridades hacendarias realizan las llamadas auditorías y el Código Fiscal de la Federación, estrictamente en su artículo 42 contempla varios métodos para revisar a los contribuyentes.

Abundó que uno es la visita domiciliaria que consiste en ir y hacer la revisión en el domicilio del contribuyente, y la de gabinete en la que la autoridad fiscal solicita al contribuyente cierta información para que la lleve a la oficina de la autoridad y ahí hacer el procedimiento, y en el caso de quienes dictaminan, primero les revisan el dictamen y si percibe irregularidades va y revisa al contribuyente.

El entrevistado detalló que como resultado de estas auditorías la autoridad puede darse cuenta o considerar que los impuestos no se pagaron correctamente, y si lo considera así entonces determina cuántos impuestos se dejan de pagar, los recargos y actualizaciones y las multas que pueden ir desde un 50 a un 70 por ciento del gravamen que se haya dejado de pagar.

Este cálculo -dijo- se hará en un documento administrativo o resolución en el que se explica cuáles son las razones por las que se considera que se debe un impuesto y la cantidad que se debe pagar, convirtiéndose así en un crédito fiscal.

Una vez determinado el crédito fiscal y cuando el contribuyen te ha recibido la notificación, si se considera que no es correcto se tiene la opción de defenderse e impugnarlo ya sea a través de un recurso de revocación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o por medio de un juicio ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, que dura en promedio 18 meses; el tribunal puede resolver a favor o en contra del contribuyente.

Lo delicado, consideró el director general de Ruiz Consultores, es que cuando el contribuyente impugna el crédito fiscal aunque ya esté litigándose en los tribunales, la autoridad fiscal puede llegar a cobrarlo, a practicar embargos e incluso puede llegar a congelar las cuentas bancarias de los contribuyentes lo cual es un serio problema para la operación de la empresa.

Y precisamente para evitar este tipo de situaciones el contribuyente tiene que garantizar el pago crédito fiscal, puede ser mediante un bien, una garantía que se embargue en la vía administrativa, una póliza de fianza de una compañía afianzadora, una garantía que dé un tercero, “de lo que se trata es de que el contribuyente garantice al SAT que si pierde el juicio tendrá de dónde cobrarse, es pues necesario que se garantice el crédito fiscal para evitar el embargo o que congelen las cuentas”, dijo.

Domingo Ruiz enfatizó que lamentablemente ha habido créditos fiscales más altos que el valor de todos los bienes que tiene la empresa lo cual es ilógico, “me parece que lo más adecuado es modernizar el sistema fiscal y respetar lo que dice la ley porque actualmente se pierde tiempo y dinero tanto de la empresa como de la autoridad fiscal, ya que los contribuyentes pagan honorarios de los abogados, están con la incertidumbre de qué va a pasar y además registra mermas, y el SAT por su cuenta pierde tiempo y al final muchas de las veces no recupere nada.

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