¿Conoces cómo funciona el portal y que publicaciones debes realizar para dar cumplimiento a la ley?
Julieta Beatriz Cacho Rodríguez
Abogada, asociada en práctica corporativa dentro de la firma Ruiz Consultores.
Julieta.cacho@ruizconsultores.com.mx
La Secretaria de Economía publicó el pasado 13 de junio de 2014 en el Diario Oficial de la Federación una serie de reformas sustanciales a diversos códigos y leyes en materia mercantil, una de las modificaciones más trascendentes fue la reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles, en concreto para este artículo nos referiremos a la nueva modalidad en la que se deben de realizar las publicaciones de las sociedades mercantiles. Dicha reforma implicó la eliminación de publicar los avisos previstos por la legislación en periódicos y gacetas oficiales.
Derivado de lo anterior, el pasado 12 de junio de 2015 con la publicación del Acuerdo mediante el cual se establece el sistema electrónico de publicaciones de Sociedades Mercantiles y las disposiciones para su operación, entro en funcionamiento un sistema electrónico a cargo de la Secretaría de Economía que pretende garantizar la publicidad de los actos jurídicos. El sistema electrónico Publicaciones de Sociedades Mercantiles, a través de su sitio de internet www.psm.economia.gob.mx, permite realizar las publicaciones a las que se encuentran obligadas las sociedades mercantiles de acuerdo a las leyes de manera gratuita.
Requisitos para la utilización del sistema
Cualquier persona a través de una computadora tendrá acceso al sistema y podrá consultar la información, así como descargar las boletas de las publicaciones realizadas. Sin embargo, para poder realizar publicaciones es necesario cubrir los siguientes pasos:
- Dar de alta a la persona moral en el sistema, quien deberá contar con firma electrónica.
- Dar de alta a un representante de la persona moral, quien deberá contar con firma electrónica.
- Una vez activo el representante legal podrá dar de alta a usuarios autorizados para que realicen publicaciones a nombre de la persona moral.
Tipos de publicaciones
En el sistema electrónico se permite realizar los siguientes tipos de publicaciones:
- Convocatoria de Asamblea General Constitutiva
- Convocatoria para Asambleas Generales
- Convocatoria de Asamblea de tenedores de certificados de participación
- Convocatoria de Asamblea por orden de autoridad
- Acuerdo de Asamblea sobre aumento de capital social
- Balance General de la negociación de sociedades extranjeras
- Balance de las sociedades que emiten obligaciones
- Estados financieros, notas y dictamen de los comisarios
- Reducción del capital social
- Acuerdos sobre fusión, último balance de cada sociedad, sistema establecido para la extinción de su pasivo
- Resolución de escisión
- Acuerdo de transformación
- Decreto de exhibición cuyo plazo o monto no conste en las acciones
- Balance de liquidación
- Resultado del sorteo para designar acciones amortizadas
- Publicación de acuerdos sobre distribución parcial en liquidaciones
- Reglamento de los empresarios de transportes.
Criterios de búsqueda
La consulta de las publicaciones podrá realizarse por cualquier persona a través de los siguientes criterios de búsqueda:
- Tipo de Publicación, puedes realizar una búsqueda seleccionando el tipo de publicación dentro del portal dentro de los enlistados en párrafos anteriores y el sistema te mostrará las publicaciones realizadas en los últimos treinta días.
- Fecha de la Publicación, dentro del sistema podrás realizar búsquedas por periodo, por ejemplo, del 1 de julio 2016 al 31 de julio 2016 y se mostraran todas las publicaciones realizadas durante ese periodo sin importar su tipo.
- Consulta General, el portal cuenta con una herramienta para realizar una búsqueda por palabra clave en donde podrás ingresar el nombre de la sociedad o cualquier otra palabra que facilite la búsqueda.
La utilización del sistema que ha implementado la Secretaría de Economía es de uso obligatorio para todas las sociedades mercantiles al realizar movimientos corporativos que requieran publicitarse, dicho sistema tiene dos grandes beneficios, el primero de ellos es que es gratuito y no hay que pagar derecho alguno por la publicación, lo cual disminuye el costo de operación de las sociedades y el segundo, es que agiliza el proceso, ya que con este nuevo sistema se publica cada movimiento corporativo por única ocasión, evitando retrasos en los movimientos corporativos.
En virtud de lo anterior, si los estatutos de la sociedad prevén un sistema distinto de publicación como lo son: la gaceta o periódico oficial, periódico de mayor circulación, entre otras, se recomienda realizar una modificación a los estatutos de la sociedad; ello con la intención de evitar disposiciones contrarias a la ley dentro de sus estatutos y no obligarnos a realizar una doble publicación para dar cumplimiento a la ley y a los estatutos.
Es importante realizar todas las publicaciones a las que estamos obligados de acuerdo a lo establecido por la ley y por los propios estatutos, para así, evitar posibles controversias o incluso nulidades sobre las actividades corporativas realizadas por la sociedad.