Facilitan el pago provisional

Astrid Herrera/La Voz de Michoacán.- A partir del 1 de noviembre del 2012 las personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a 250 mil pesos, deberán de utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos, mejor conocido como "Pago Referenciado" para presentar sus pagos provisionales y definitivos correspondientes a octubre y subsecuentes.

El presidente de la Comisión de Asuntos Hacendarios del Consejo Coordinador Empresarial del Estado de Michoacán (CCEEM), Domingo Ruiz, comentó que todo el sistema del Servicios de Administración Tributaria (SAT) se ha venido sofisticando desde hace tiempo, "antes era puro papel para presentar una declaración, luego fueron a procesos informativos con terceras personas y ahora vamos a hacer el pago referenciado en el Internet que ya está operando pero sólo en las personas morales", comentó.

Sin embargo, dijo que con el afán de tener bajo control al padrón de personas físicas que ganan por encima de los 250 mil pesos, a partir de noviembre se integran éstas de manera obligatoria al Pago Referenciado.

De esta forma, éstas personas al igual que las morales, presentarán todos los conceptos que tomaron como base para calcular sus impuestos a través de Internet en la página del SAT, www.sat.gob.mx.

«El SAT marca como ventaja el pago referenciado porque considera que es una manera de pagar más fácil y es verdad; además de que es un mecanismo de control más noble para el fisco», expresa.

Sin embargo, complementa que este esquema es bueno para los contribuyentes puesto que viene «acorde» a la modernidad que está dotada de nuevas tecnologías; pero cuestionó ¿qué pasará con las personas físicas y morales que habitan en zonas rurales y por tanto no tienen acceso a internet?».

Es de destacar que opcionalmente, todas las personas físicas que no se encuentren obligadas al Pago Referenciado, pueden optar por presentar sus declaraciones con este servicio.

«Se entenderá que se ejerce la opción señalada a partir del primer pago que se efectúe a través del Servicio de Declaraciones y Pagos pero quienes ejerzan la opción indicada no podrán variarla durante el ejercicio fiscal», especificó el fiscalista en el estado.

Para poder hacer este trámite, Ruiz aclaró que se requiere tener la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) ya que si el contribuyente aún no cuenta con este esquema no será posible efectuar el trámite.

Una vez que el contribuyente subió sus datos mensualmente al SAT, éste responde conforme a la línea de captura.

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