Hizo ver que es una medida que está tomando el SAT para fiscalizar a las personas que están en la informalidad y a los evasores.
En conferencia de prensa, Carreón mencionó que la búsqueda de información en tarjetas de crédito se hace con el fin de encontrar irregularidades, por lo que los bancos tienen que proporcionar al fisco información como el nombre del cuentahabiente, el registro federal de contribuyentes, la CURP, el límite de crédito de la tarjeta al 31 de diciembre y los montos de los pagos mensuales realizados sin importar la forma y desglosados por mes.
Del tema de la discrepancia fiscal en las personas físicas, mencionó que el artículo 107 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta muestra que existe cuando en un año se realizan erogaciones superiores a los ingresos declarados. Para estos efectos, las erogaciones pueden ser los gastos, adquisiciones de bienes y los depósitos en cuentas bancarias e inversiones financieras.
Ello, aunque se trate de personas que no están inscritas en el padrón de contribuyentes, aclaró.
Con base a ello se hace la comprobación del monto de las erogaciones, se establece la discrepancia con la declaración del ejercicio y después se le dará a conocer a la persona el resultado. El contribuyente tendrá 15 días para informar por escrito al fisco las razones de su inconformidad o el origen que explique tal discrepancia.