SAT CONCEDE AMPLIACION EN EL CUMPLIMIENTO DEL COMPLEMENTO CARTA PORTE.

L.C.P y M.I José Antonio Ruiz Félix

Asociado de Consultoría Fiscal

antonio.ruiz@ruizconsultores.com.mx

 

Introducción

La carta porte es un comprobante fiscal que se emite para proteger el traslado de mercancías en territorio nacional, éstos pueden ser por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial, el cual entro en vigor el 1 junio de 2021 y tuvo periodo opcional de uso del 2 junio al 31 de diciembre del 2022 y a partir del 1 enero del 2022 es de uso obligatorio este complemento.

Hay que recordar que el SAT comunico que el 1 agosto de 2023 inicia la aplicación de multas y sanciones por la incorrecta emisión del CFDI complemento carta porte.

Este CFDI con complemento Carta Porte se realizó con el objetivo de relacionar los bienes o mercancías, e informar:

  • Información y procedencia y destino, puntos intermedios, propietario, arrendatario, operadores.
  • Acreditar la posesión de los bienes y mercancías
  • Fortaleces y fiscalizar el comercio formal y combatir el contrabando

 El 3 julio de 2023 el Sat informó en su comunicado 029/2023 el avance de la emisión del CFDI del complemento de carta porte a mas de 94,000 contribuyentes, los cuales se han emitido 509 millones 651 mil 659 CFDI con complemento carta porte.

Avanza emisión de facturas con complemento Carta Porte | Servicio de Administración Tributaria | Gobierno | gob.mx

Varios organismos empresariales y asociaciones de profesionistas promovieron que se extendiera el plazo de las multas y las sanciones por el incumplimiento incorrecto del Completo de Carta Porte ya que la PYMES no están preparadas para emitir correctamente con todos los requisitos del complemento, sino también para permitir que las autoridades cuenten con más capacitación y conocimiento.

Por lo cual el día 16 de Julio de 2023 el SAT informa en su comunicado 032/2023 a fin de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, se amplía el plazo al 31 de diciembre de 2023 para:

  • No aplicar sanciones a aquellos contribuyentes que expidan el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte, sin la totalidad de los requisitos previstos en los instructivos publicados en el Portal del SAT, así como para que la transmisión del mismo al Sistema Electrónico Aduanero sea exigible a partir del 1 de enero de 2024. 
  • El cumplimiento de las obligaciones relativas a controles volumétricos, se prorroga la presentación de un solo certificado de la correcta operación y funcionamiento de los programas informáticos para 2022 y 2023.

Finalmente, se le sugiere a los contribuyentes no hacer caso omiso a esta ampliación y reforzar en cumplir esta obligación de una manera correcta para no generar multas, gastos no deducibles, problemas de Acreditamiento de IVA, embargos de mercancías, para lo cual se aconseja que los riesgos que implica este complemento se analicen con los expertos.



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