PAQUETE ECONÓMICO 2023

Dr. Domingo Ruiz López

Socio Director

domingo.ruiz@ruizconsultores.com.mx

 

  1. Contexto

El pasado 8 de septiembre, se presentó ante la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión el paquete económico para el año 2023, que contiene los precriterios de política económica, las iniciativas de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos, entre otras medidas, sin embargo en esta ocasión no fueron presentadas iniciativas de reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, así como el Código Fiscal de la Federación, como anualmente sucede, es decir, no existe la llamada miscelánea fiscal para el año 2023, lo que merece analizar algunos datos y su interpretación.

  2. Algunos Datos

Ante la ausencia de miscelánea fiscal para el ejercicio 2023, es necesario poner atención en sus significados, algunos de los cuales los podemos obtener de los precriterios de política económica presentados, de los cuales se desprenden algunos pilare o ejes rectores de trabajo, que serán la base no solamente para confección, sino para la ejecución del paquete económico, y el funcionamiento de las finanzas públicas del Estado Mexicano.

Al respecto, es importante destacar algunos de los pilares que sustentan el paquete económico, y que se contienen en los Criterios Generales de Política Económica para el ejercicio fiscal 2023, y que llamamos la atención los siguientes:

  • Finanzas Públicas sanas.
  • Fortalecimiento de la recaudación impuestos.
  • Combate a la evasión, la elusión fiscal y los fraudes fiscales.

De los anteriores pilares podemos destacar algunos cuestionamientos y algunos enfoques, el cuestionamiento deriva del pilar “Finanzas Públicas Sanas”, debido a que se ha enviado al Congreso de la Unión un paquete económico deficitario, es decir, en donde los ingresos públicos (tributarios y no tributarios), no son suficientes para cubrir la totalidad de los gastos públicos presupuestados, lo que hace necesario que se adquiera deuda pública para cubrir las necesidades presupuestarias, y que no resulta ser un ejercicio saludable desde el punto de vista financiero.

Por otra parte, es claro que la política fiscal tendrá un marcado enfoque en fortalecer la recaudación y el control sobre los contribuyentes, debido a que dos de los pilares de los criterios de política económica, están enfocados precisamente a incrementar la recaudación y combatir la evasión, la elusión fiscal y los fraudes fiscales.

En este sentido, llama la atención la afirmación contenida en la página 52 de los criterios de política económica, donde se afirma que “…aunado a las acciones de fiscalización realizadas a grandes contribuyentes por parte del SAT que han incentivado el cumplimiento de las obligaciones fiscales de forma puntual y voluntaria. La estrategia de combate a la evasión se ha centrado en que paguen los que deliberadamente cometen el delito de evasión, además de eliminar la condonación discrecional de impuestos, combatir activamente el fraude fiscal y buscar la eficiencia recaudatoria…”, es decir, una manera de interpretar semejantes afirmaciones, es que aquellos contribuyentes que han realizado acciones de autocorrección de su situación fiscal, habían cometido en forma deliberada el delito de evasión fiscal, cuestión que además de grave es imprecisa, ya que el incumplimiento fiscal puede tener muchas causas, entre ellas el error, y no necesariamente conductas deliberadamente evasivas.

Con las bases hasta aquí narradas, el Ejecutivo Federal se está proponiendo lograr los siguientes objetivos:

Sobre los anteriores objetivos se han expresado algunas críticas, la mayoría de ellas calificando como optimistas las previsiones, por un lado, ante el incremento de la recaudación sin reforma fiscal, y por otra ante lo irreal que parece proyectar un crecimiento económico de 3%, cuando distintos organismos como la OCDE, y el Banco de México, han proyectado un crecimiento para México de 1.4%; lo mismo sucede con el dato de la inflación, que se estima baja en comparación del año 2022, donde se prevé cerrar con una inflación cercana a los dos dígitos.

Entrando al terrero de los ingresos propuestos en la Ley de Ingresos de la Federación, para los efectos del presente boletín, es importante destacar la proyección de incremento en los ingresos tributarios reflejados en la siguiente tabla:

Sin duda es ambicioso el crecimiento de la recaudación, que, si lo centramos en los impuestos más importantes de este país, como lo son el ISR y el IVA, su crecimiento en términos reales es mucho mayor al crecimiento económico como se puede apreciar en la siguiente tabla:

Ingresos Tributarios 2022-2023

El crecimiento proyectado en términos reales en 15.3% en ISR y 11.4% en IVA, no se puede entender sin una reforma fiscal, más que con el incremento de las estrategias de percepción de riesgo, así como de actos de fiscalización, debido a que se proyecta duplicar los impuestos no pagados o liquidados que se causaron en ejercicios anteriores.

  3. Algunos datos de importancia fiscal

De los contenidos de regulación fiscal contenidos en el proyecto de Ley de Ingresos de la Federación, destacamos los siguientes datos:

  • Tasa de Recargos

Para el ejercicio fiscal 2023, las tasas de recargos a causarse serán las siguientes:

Ejercicio fiscal 2023, las tasas de recargos a causarse

  • Intereses

En el caso de los intereses causados por inversiones en el sistema financiero mexicano, la tasa de retención se eleva del .08 al .15, cuestión en la que es necesario poner atención, debido a que dicha tasa de retención se calcula no solamente sobre los intereses generados sino también sobre el capital, lo que representa un pago provisional superior al ISR efectivamente causado, mismo que se deberá considerar en la declaración anual, sea para el pago del ISR anual, o bien para la generación de un saldo a favor que se deberá pedir en devolución.

  4. Algunos Significados

La ausencia de una miscelánea fiscal para 2023, si no es un ejercicio inédito, si es atípico, ya que generalmente año con año se hacen adecuaciones a la legislación tributaria de manera que posibiliten lograr los objetivos de ingresos planteados para el ejercicio fiscal de que se trate, abstención que puede tener muchas causas, entre ellas las políticas, ante el riego de verse afectada la aprobación de una miscelánea fiscal por los procesos político electorales que ya están afectando la correlación de fuerzas y la toma de decisiones en el Congreso de la Unión, y que tiene una connotación positiva y otra negativa.

El aspecto positivo de que no haya una iniciativa de reformas fiscales para 2023 es en favor de la estabilidad y la certeza, o en términos de Adam Smith lograr el principio de certidumbre; tener unas reglas del juego previsibles y estables favorece la inversión, da seguridad a los contribuyentes y permite la planeación a un plazo mayor a un año; la connotación negativa es que ante el incremento proyectado de los ingresos tributarios, la única manera viable de lograr dichos ingresos es presionando a la misma base de contribuyentes a través de presencialidad, percepción de riesgo y actos de fiscalización, y no necesariamente del efecto tributario derivado del crecimiento económico.

  5. Conclusión

La administración del riesgo fiscal y el debido cumplimiento tributario cobra cada vez más importancia, implementar sistemas de Compliance, aprovechar los beneficios que se contienen en la legislación, optar por los modelos de tributación más óptimos y que minimicen riesgos es un imperativo para los contribuyentes, más aún ante el previsible endurecimiento de las acciones de fiscalización que continuará ejerciendo el Servicio de Administración Tributaria, ahora presionado por logra los objetivos de recaudación sin reforma fiscal.

Te invitamos a consultar a nuestros profesionales, para acompañarte en la toma de decisiones que permitan evaluar los riesgos fiscales, y lograr un óptimo modelo de cumplimiento fiscal en tu empresa.

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