Concursos mercantiles

¿Por qué considerar al concurso mercantil como una opción para rescatar a la empresa de una crisis de insolvencia?

andrea_guzarL.D. Andrea Guízar.

Asociada Corporativa

andrea.guizar@ruizconsultores.com.mx

 

Se le denomina concurso mercantil al procedimiento judicial al que se somete un comerciante cuando incumple generalizadamente el pago de sus obligaciones.  En otras palabras, podríamos decir,  que un concurso mercantil se da cuando hay insolvencia  por parte de la empresa para hacer frente a las deudas contraídas con sus acredores.

Se entiende que una empresa ha incurrido en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones cuando no realice el pago de dos o más acreedores distintos y se encuentre en las   siguientes condiciones:

  1. Que de aquellas obligaciones vencidas, las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido, y que representen 35% o más de todas las obligaciones a cargo del comerciante a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso.
  1. El Comerciante no tenga activos para hacer frente a por lo menos el 80% de sus obligaciones vencidas a la fecha de presentación de la demanda o solicitud. Los activos que se deberán considerar para el referido efecto son los siguientes:
  1. El efectivo en caja y los depósitos a la vista.
  2. Los depósitos e inversiones a plazo cuyo vencimiento no sea superior a noventa días naturales posteriores a la fecha de presentación de la demanda o solicitud de concurso
  3. Clientes y cuentas por cobrar cuyo plazo de vencimiento no sea superior a noventa días naturales posteriores a la fecha de presentación de la demanda o solicitud.
  4. Los títulos de valores para los cuales se registren regularmente operaciones de compra y venta en los mercados relevantes.

En todo concurso mercantil deben de comparecer todos los acreedores del comerciante a reclamar sus derechos de cobro, sin embargo,  las deudas a su favor serán pagadas conforme a una serie de reglas que la propia ley de la materia establece, valorándose ya sea el tipo de acreedor o bien el tipo de deuda que sea.  Por ejemplo, los acreedores alimentarios o trabajadores, si los hay, son los que encabezarían la lista de acreedores a pagar con prioridad.

La ley de la materia establece que el concurso mercantil podrá ser solicitado por el comerciante, o bien, demandado por alguno de sus acreedores por el propio Ministerio Público, y antes de que pueda ser declarado como tal, se practica una visita de verificación  por parte de un especialista, quien con base en la información contable y financiera del comerciante, dictaminará si se encuentra en el supuesto de incumplimiento generalizado para que sea declarado formalmente el concurso mercantil.

Es importante destacar que la ley que regula los procedimientos de un concurso mercantil, está elaborada para que su principal objetivo sea el de preservar a las empresas,  y evitar que los incumplimientos de pago generalizado pongan en riesgo la viabilidad de las mismas. Esto porque visto desde una óptica económica, fue interés del legislador que una empresa que se ve inmersa en una  contingencia financiera muy difícil, pueda mantenerse, saliendo de la crisis de una manera cuidadosa y que persista la derrama económica que la propia empresa genera.

Es por lo anterior que una vez declarado el concurso mercantil, el procedimiento se divide en dos etapas: la etapa de conciliación y la etapa de quiebra, siendo esta última la que se da cuando la recuperación del negocio no es posible, en esta  etapa la ley busca auxiliar para que el impacto de la insolvencia ocasione los menores daños a terceros (ya sea trabajadores, proveedores, etc).

Por lo expuesto anteriormente,  se puede decir que una de las alternativas para rescatar a una empresa que se encuentra en una crisis de insolvencia, es sin lugar a dudas un concurso mercantil, debido a que con legalidad y certeza jurídica, especialistas en la materia junto con el órgano jurisdiccional dentro del procedimiento,  podrán apoyar para que la empresa salga a flote de la crisis, reorganice sus pasivos, o bien, si los daños son irreparables, no se ocasionen daños colaterales y las pérdidas no sean aún mayores, ofreciendo seguridad jurídica a las partes involucradas por las decisiones judiciales apoyadas siempre por un especialista.

 

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