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Antes de que se acabe el año: las 5 obligaciones corporativas que toda empresa debe cumplir en 2026

Antes de que se acabe el año: las 5 obligaciones corporativas que toda empresa debe cumplir en 2026

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Antes de que se acabe el año: las 5 obligaciones corporativas que toda empresa debe cumplir en 2026

Ruiz Consultores

Área Corporativa

fernanda.gutierrez@ruizconsultores.com.mx

19 de noviembre de 2025 | Blog

El año está por concluir, y con él llega el momento ideal para revisar que tu empresa se encuentre al día con sus obligaciones corporativas.

El compliance corporativo, como en cualquier otra área, no solo tiene como finalidad evitar multas o sanciones. Su verdadero beneficio es la prevención, que fortalece la operación y proyecta una imagen sólida ante socios, inversionistas, clientes y autoridades.

De cara al ejercicio 2026, te compartimos cinco acciones clave que toda sociedad debe tener en su radar para iniciar el nuevo año en cumplimiento.


1. Asamblea General Ordinaria (AGO)

Una de las principales obligaciones previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) son las asambleas ordinarias.

Durante los primeros cuatro meses de 2026, las sociedades deberán celebrar su Asamblea General Ordinaria de accionistas o socios (según el régimen societario).

En ella, normalmente se:

  • Aprueban los estados financieros del ejercicio 2025.
  • Determina la aplicación de utilidades (o, en su caso, pérdidas).
  • Ratifican o designan administradores y comisarios.

Es importante:

  • Documentar el acta correspondiente.
  • Asentarla en el libro de actas de la sociedad.
  • Verificar que los acuerdos adoptados sean congruentes con la situación contable, fiscal y operativa de la empresa.

2. Aviso de socios/accionistas 295/CFF

Si durante el ejercicio se presentaron:

  • Modificaciones en la participación accionaria, o
  • Cambios de socios/accionistas,

es obligatorio presentar el aviso correspondiente ante el SAT dentro de los 30 días siguientes al cambio, conforme al artículo 295 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Este aviso permite:

  • Mantener actualizada la información fiscal y corporativa de la empresa.
  • Reducir riesgos de inconsistencias entre la realidad societaria y lo que conoce la autoridad fiscal.
  • Evitar observaciones en futuras revisiones o auditorías.

3. Avisos al RNIE (Registro Nacional de Inversiones Extranjeras)

Si tu empresa cuenta con inversión extranjera, es indispensable revisar el cumplimiento de los:

  • Avisos trimestrales, y
  • El informe económico anual,

que deben presentarse a más tardar dentro de los primeros cinco meses del año.

Cumplir oportunamente con las obligaciones ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) es clave para:

  • Conservar la vigencia del registro.
  • Evitar multas y sanciones por omisiones o avisos extemporáneos.
  • Mantener en orden la información que la autoridad utiliza para monitorear los flujos de inversión extranjera.

4. Revisión y actualización de poderes notariales

El cierre del año es un excelente momento para revisar:

  • ¿Quiénes son los representantes legales y apoderados vigentes?
  • ¿Sus poderes siguen siendo suficientes para la operación actual de la empresa?
  • ¿Se han dado cambios en la administración o en la estructura corporativa que deban reflejarse?

En caso de requerirse ajustes, se recomienda:

  • Revocar y otorgar nuevos poderes ante fedatario público.
  • Mantener actualizados los registros internos y, en su caso, los registros ante autoridades o instituciones financieras.

Un punto relevante: la vigencia de los poderes puede variar según la entidad federativa.
Por ejemplo, en Jalisco, si no se establece una duración específica, los poderes tendrán una vigencia máxima de cinco años.


5. Beneficiario controlador

Las sociedades deben verificar y actualizar anualmente la información de sus beneficiarios controladores ante el SAT.

Esto implica:

  • Identificar correctamente a las personas físicas que ejercen el control efectivo de la sociedad.
  • Actualizar la información cuando exista cualquier cambio en la estructura de control o propiedad.
  • Conservar la documentación soporte conforme a las obligaciones del artículo 32-B Ter del CFF.

Cualquier modificación en este sentido debe notificarse de conformidad con las reglas fiscales aplicables, ya que la omisión puede dar lugar a multas significativas y revisiones más profundas por parte de la autoridad.


Bonus: Revisión de registros ante el IMPI

Aunque no es una obligación estrictamente anual, es altamente recomendable revisar los registros de tus activos de propiedad industrial, tales como:

  • Marcas
  • Avisos comerciales
  • Patentes
  • Diseños industriales, entre otros

Otorgados por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

Mantener tus activos intangibles en orden te ayuda a:

  • Evitar su caducidad.
  • Proteger el valor comercial y reputacional de tu empresa.
  • Prevenir conflictos con terceros por uso de signos distintivos similares.

A fin de año, conviene:

  • Revisar que los registros sigan vigentes.
  • Verificar si alguno está por vencer y, en su caso, tramitar la renovación.
  • Tener muy presente el cumplimiento de la declaración de uso, cuando aplique.

¿Tu empresa está lista para 2026?

Estas acciones forman parte del cumplimiento corporativo mínimo anual que toda sociedad debe atender.

Mantenerse al corriente:

  • Asegura el cumplimiento normativo.
  • Fortalece la confianza en la gestión empresarial.
  • Facilita auditorías, financiamientos o procesos de inversión.

En Ruiz Consultores acompañamos a nuestros clientes en la planeación, ejecución y documentación de sus obligaciones corporativas, asegurando que cada trámite se cumpla de forma oportuna y conforme a la ley.

Si deseas que te ayudemos con la revisión de tus obligaciones, contáctanos; será un gusto apoyarte a cerrar el año con todo en regla.