De acuerdo con el decreto número 11 referente a Sanciones e Inversión Extranjera, la CNBV dentro del ámbito de su competencia, a fin de generar disciplinas en los mercados que regula, supervisa y sanciona, podrá difundir a través de su portal de Internet las resoluciones que emita como consecuencia de la substanciación de los procedimientos administrativos de sanción.
Por lo anterior, estará facultada para señalar el nombre, la denominación o razón social del infractor, pero también precisará los medios de defensa que el acusado ha hecho valer o son susceptibles de interponerse.
Sin embargo, también en la reforma se proponen incluir las disposiciones relativas a los programas de autocorrección a los que podrán sujetarse las entidades financieras supervisadas por la CNBV por violaciones a lo previsto en las leyes que las rigen, a fin de reconocer la figura que en otras jurisdicciones existe.
Estos programas de autocorrección buscarán subsanar incumplimientos a las leyes, siempre que tales conductas no sean consideradas como infracciones graves, con lo que se pretende generar disciplina en los mercados, al reducir los procedimientos administrativos de sanción.
Poder informar sobre estos procesos evitará que se repitan casos como el de HSBC, que aunque la investigación se originó en México años atrás, ésta se conoció públicamente en Estados Unidos, lo que en su momento originó fuertes críticas al órgano regulador en nuestro país.
Jueces especializados
«Esta reforma incluye la posibilidad de que podamos hablar de algunos casos que estamos revisando, para que no se repitan y se incrementan también las multas», indicó González Aguadé.
Para ello, también trabajarán en una regulación secundaria en donde se detallará el proceso que seguirá al informar sobre los procesos de sanciones.
Asimismo, en la reforma financiera una parte fundamental será la especialización de los juzgados para los sistemas financieros, aseguró.
Por ello se incorporan modificaciones al Código de Comercio, a efecto de fortalecer los procesos mercantiles, con el propósito de facilitar tanto el cobro de créditos como la ejecución de garantías en casos de incumplimiento.
Uno de esos cambios es la reorganización de los mecanismos de aseguramiento de bienes dentro de los juicios mercantiles.
«Se plantea diferenciar entre los requisitos para la procedencia del arraigo y los requisitos del secuestro provisional de bienes, al igual que se establecen los medios de prueba respecto de la medida provisional consistente en el arraigo», se detalla en el proyecto enviado al Congreso.
Y se incorpora una adición a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para incluir los asuntos que serán competencia de los juzgados de distrito mercantiles federales.
Por lo anterior, se regulará la competencia de juzgados de distrito que se especializarán en materia mercantil, con lo que se busca una distribución más equitativa de la carga de los asuntos entre el nivel federal y el local.