L.C.P. y M.I José Antonio Ruiz Félix
Asociado de Planeación Fiscal en Ruiz Consultores S.C.
Antonio.ruiz@ruizconsultores.com.mx
El Servicio de Administración Tributaria efectúa devoluciones de impuestos ya sea por:
En algunas ocasiones, los contribuyentes reciben devoluciones por cantidades superiores a las solicitadas, esto puede deberse a que efectuaron erróneamente el cálculo o la determinación del impuesto a cargo, o a que la autoridad fiscal cometió un error.
Ahora, en el Código Fiscal de la Federación se establece un capítulo de delitos fiscales en el que se incluye la figura de defraudación fiscal, donde se contempla el aprovechamiento de errores y la obtención de un beneficio indebido en perjuicio del fisco federal[3].
Derivado de lo mencionado en el párrafo anterior, los contribuyentes deberán restituir al fisco, o a presentar una declaración complementaria, en cuanto se percaten de que les han devuelto en exceso donde se aprecie que tienen una cantidad a cargo o un saldo a favor inferior al devuelto.
Lo anterior no significa que el contribuyente dolosamente haya determinado dicho saldo a favor, puede deberse a que se contemplaron deducciones autorizadas que una vez revisadas no se debieron de considerar, también puede ocurrir cuando se omitió acumular ingresos, o simplemente errores de apreciación.
Sin importar el motivo que haya originado esa determinación incorrecta de saldo a favor, el pagador de impuestos deberá de restituir al fisco dichos montos, para ello se requiere solicitar el Formato FCF[4].
Para determinar la cantidad recibida indebidamente, el contribuyente deberá reunir los siguientes documentos para exponer al SAT el caso en concreto:
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Estado de cuenta en el que se refleje la cantidad recibida por la devolución.
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Declaración donde se calculó incorrectamente el saldo a favor.
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Declaración complementaria donde se determina correctamente el impuesto.
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Solicitar el Formato FCF, acudiendo a la Administración Local o Marcando a Infosat, al área de cobranza.