Al respecto, se concluyó que el estudio debería centrarse en las disposiciones de la LISR, para efecto de determinar si el Estado mexicano podría operar con el cobro del IETU únicamente; el tema de la eventual desaparición del IETU fue tratado solo superficialmente, tanto por los medios como por algunos funcionarios de la SHCP.
Finalmente, con fecha 30 de junio de 2011, se emitió un documento titulado «El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU); un diagnóstico a tres años de su implementación». A continuación se presenta un resumen de los puntos esenciales del mencionado estudio, el cual se desarrolló en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo transitorio de la ley de la materia, ya mencionado, y se desglosa como sigue: