Identifica cuáles son los datos del ID fiscal del proveedor extranjero que la autoridad acepta
IDCONLINE
Por Irene Vega
Los importadores tienen la obligación de transmitir la clave de identificación (ID) fiscal del proveedor extranjero para su declaración en el pedimento; su omisión se considera una infracción administrativa que se sanciona con una multa que oscila entre 1,150 pesos a 2,280 pesos, por documento.
Por ello, si vas a importar mercancías del extranjero, no dudes en solicitar a tu proveedor dicho dato, para evitar inconvenientes.
La autoridad aduanera considera que el ID fiscal puede ser, según se trate, en:
- Canadá, el número de negocio o seguro social
- Estados Unidos de América, el Tax Id fiscal (RFC)
- Francia, el del impuesto al valor agregado o número de seguridad social, y
- países distintos, el número de registro que se utiliza en su país para el pago de impuestos. Caundo no exista este número, se aceptará una declaración bajo protesta de decir verdad firmada por el importador, en la que se haga constar dicha circunstancia. Esto se señala en el campo de observaciones del pedimento correspondiente
No se considera que se incurre en dicha infracción, cuando se trate, entre otras operaciones, de las importaciones de mercancías exentas del pago del impuesto general de importación,incluso de aquellas cuyo valor no exceda de 1,000 dólares.