Cancelación de créditos en EDOMEX

Si te ubicas en ciertos supuestos es factible que la administración tributaria considere cancelar tus adeudos

IDCONLINE

Por Joyce Pasantes

Acorde con el artículo 20 de la Ley de Ingresos del Estado de México para 2016, es factible la cancelación de adeudos fiscales.

Para ello, es menester aplicar las reglas publicadas el 19 de enero de 2016 en la Gaceta Oficial de esa entidad, mismas que señalan que tal figura procede en los siguientes supuestos:

Causas

Improcedencia

Observaciones

  • Incosteabilidad
  • imposibilidad práctica de cobro, e
  • insolvencia
Tratándose de créditos:

  • con anterioridad al 1o. de enero de 2012,cuando el importe histórico del crédito al 31 de diciembre de 2011 sea inferior o igual al equivalente en moneda nacional a 10,317 pesos derivados del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos automotores, de multas administrativas no fiscales, incluyendo las impuestas por autoridades judiciales del EDOMEX, y de responsabilidades administrativas
  • a cargo de personas físicas vinculadas a un procedimiento penal, por la probable comisión de algún delito fiscal
  • garantizados en cualquiera de las formas previstas en el CFEDOMEX
  • impugnados
  • autorizados para pagar a plazos
  • de dos o más adeudos a su cargo y su suma excede de 10,317pesos
  • de personas jurídicas colectivas, cuyos representantes legales, socios o accionistas estén relacionados con un procedimiento penal, por la probable responsabilidad por la comisión de algún delito fiscal
  • por los que la autoridad hubiese trabado embargo o su ampliación con sustracción de bienes del deudor
La cancelación no:

  • libera de la obligación de pago
  • exonera de las responsabilidades por conductas que constituyan delitos fiscales y no exime la posibilidad de determinar la responsabilidad solidaria
  • da el derecho a devolución, compensación o acreditamiento alguno, y
  • constituye un derecho absoluto para el contribuyente, es a discreción de la autoridad

Estos lineamientos entraron en vigor desde el 20 de enero de 2016 y serán aplicables solo durante ese ejercicio.

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