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PTU sin riesgos: documenta tu Comisión Mixta.

PTU sin riesgos: documenta tu Comisión Mixta.

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Acta y documentación de Comisión Mixta para el reparto de PTU

MARIA TERESA PONCE HERNANDEZ

ASOCIADA DE CONSULTORÍA CORPORATIVA

maria.ponce@ruizconsultores.com.mx

21 de enero de 2026 | Blog

PTU sin riesgos: documenta tu Comisión Mixta.

En las empresas, el reparto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), suele percibirse como un tema exclusivamente laboral, sin embargo, su correcta distribución e implementación tiene un impacto directo en la materia fiscal, ya que se determina en la declaración anual de ISR presentada por las empresas ante el SAT y, al ser una obligación cuyo cálculo debe estar plenamente respaldado a través de soporte documental, cobra relevancia en el ámbito corporativo, ya que con ello se demuestra que la empresa no solo cumplió con la determinación del monto de PTU conforme a las utilidades fiscales del ejercicio, sino que también realizó un reparto transparente, validado por representantes de los trabajadores y de la empresa.


En primer término, es importante señalar que la participación en las ganancias generadas por la empresa es un derecho constitucional de las personas trabajadoras que prestan a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen mediante el pago de un salario, por lo que, de manera correlativa, las empresas tienen la obligación de determinar, calcular y repartir dicha participación conforme la Constitución Política en su artículo 123, apartado A, fracción IX, así como el capítulo VIII del título tercero de la Ley Federal del Trabajo, artículos 9, 109, 113 y 212 de la Ley de Impuesto sobre la Renta y diversos ordenamientos jurídicos en la materia. Y es precisamente, a partir de este derecho y de esta obligación, que surge la figura de la Comisión Mixta para el Reparto de PTU.


La Comisión Mixta, es el órgano integrado por igual número de representantes de la empresa y de los trabajadores, el cual está encargado de revisar y validar la información correspondiente y la forma prevista por la ley en la que se realizará el reparto de utilidades entre los trabajadores. Su función es garantizar que el proceso se lleve a cabo de manera transparente, objetiva y conforme a la ley, por lo que, para que su actuación tenga efectos jurídicos y pueda ser debidamente acreditada ante cualquier revisión o auditoría por parte de la autoridad, resulta indispensable que sus acuerdos queden documentados mediante el levantamiento de un acta.


Desde una perspectiva corporativa, el acta de la Comisión Mixta no debe entenderse como un simple documento administrativo, pues se trata de un registro clave que, junto con otros documentos que se deben otorgar para dar íntegra validez al cumplimiento de los procesos señalados en la legislación, formaliza el cumplimiento de una obligación legal, deja constancia de la trazabilidad en la integración de la comisión, los acuerdos adoptados y el proceso de su reparto. Una adecuada documentación reduce significativamente el riesgo de conflictos legales y fortalece los controles internos de la empresa.


En el ámbito fiscal, la relevancia del acta se acentúa, ya que el monto de la PTU deriva directamente de la utilidad fiscal declarada por la empresa. Contar con un Acta correctamente elaborada que documente la debida integración de la Comisión Mixta permite respaldar que el reparto se efectuó con base en cifras fiscales correctas y bajo criterios objetivos, lo cual puede ser determinante ante revisiones o auditorías por parte de la autoridad laboral o fiscal.


Incluso en aquellos casos en los que la empresa no haya obtenido utilidad en el ejercicio fiscal, la obligación de documentar el proceso no desaparece. Si bien en estos supuestos no existe PTU a repartir, resulta igualmente recomendable integrar la Comisión Mixta y levantar el acta correspondiente, dejando constancia de que se revisó la información financiera y fiscal del ejercicio y que, derivado de ello, no existe utilidad repartible. Esta documentación permite acreditar que la empresa cumplió con su deber de revisión y transparencia, y ayuda a prevenir inconformidades o reclamaciones posteriores por parte de los trabajadores.


En conclusión, las actas de la Comisión Mixta para el reparto de PTU representan una herramienta esencial de cumplimiento integral. Su adecuada elaboración no solo da cumplimiento al derecho de los trabajadores y a la obligación de la empresa, sino que también constituye una buena práctica corporativa que aporta certeza jurídica, transparencia y prevención de riesgos legales y fiscales.

En Ruiz Consultores, apoyamos a las empresas en la elaboración del acta de la Comisión Mixta, así como en la preparación y revisión de los documentos que integran el soporte documental de esta obligación legal, asegurando que el proceso se encuentre correctamente formalizado desde una perspectiva alineada a las mejores prácticas de cumplimiento fiscal y corporativo.