Beneficios fiscales para contribuyentes de Veracruz

Se condonan actualización, recargos y multas y se declara la prescripción de ciertos créditos fiscales

IDC ONLINE

Por Antonio Castillo

Estos beneficios se encuentran contemplados en el decreto publicado en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz del 30 de octubre de 2015, el cual está en vigor desde el pasado 31 de octubre.

Llama la atención que la autoridad fiscal estatal justifica que la implementación de estas medidas es producto del incremento del impuesto sobre nóminas, el cual a partir de 2016 será del 3%.

A continuación las gracias a las que pueden acceder los contribuyentes de esta demarcación.

Condonación de accesorios al 100%

Se condona en su totalidad el pago de actualización, recargos y multas relativos a créditos fiscales por contribuciones estatales correspondientes hasta el 31 de diciembre de 2014, a cargo de personas físicas  o morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes de Veracruz que hubiesen sido determinados por la autoridad fiscal estatal o por aquellas producto de su autodeterminación o  autocorrección.

El beneficio se podrá solicitar del 2 de noviembre al 31 de diciembre de 2015, pero los contribuyentes que tengan celebrado convenio de pagos en parcialidades, verán reflejado esta facilidad hasta el día 15 de noviembre de 2015, y solo procederá sobre el saldo pendiente de liquidar.

La aplicación de la condonación será a petición del contribuyente en el plazo indicado, a través de los medios que autorice la autoridad.

Los requisitos a cubrir por los interesados son:

  • el pago de la contribución omitida debe realizarse en los medios y fecha límite autorizados por la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado, y

  • en su caso, exhibir los documentos que les sean requeridos

Para que sea aplicable este beneficio en créditos fiscales controvertidos ante autoridades administrativas o jurisdiccionales, será necesario que el interesado se desista del medio de defensa interpuesto, y se acredite tal hecho.

La condonación no dará lugar a la devolución, la compensación, el acreditamiento o saldo a favor alguno, y no procederá su aplicación sobre cantidades ya pagadas.

Se precisa que para el pago de los montos no condonables, se aceptará la dación en pago, la compensación o el acreditamiento; y que la solicitud de condonación no constituirá instancia,  por lo que la  resolución de la autoridad no podrá ser impugnada.

Declaratoria de prescripción créditos fiscales 2010 y anteriores

Se declaran prescritos los créditos fiscales por concepto de Impuesto sobre Tenencia o  Uso de Vehículos determinados en el ejercicio fiscal 2010 y anteriores.

Exención de multas por verificación vehicular extemporánea

Los propietarios de vehículos que no realizaron la verificación estática dentro del periodo que les corresponda conforme a lo dispuesto en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria publicado del 12 de septiembre de 2014, y acudan a verificar en el método dinámico durante el lapso asignado en 2016, estarán exentos del pago de multas por extemporaneidad.

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