Respecto de las novedades del decreto, León señaló que el cálculo bimestral del IETU y la posibilidad de que los contribuyentes puedan tomar los ingresos de ese impuesto de forma similar al cálculo del ISR son facilidades significativas.
Sin embargo, hay otras, como la eliminación del dictamen fiscal para las Pymes con ingresos menores a 40 mil pesos, que llegan un poco tarde y habrá que esperar las reglas de operación.
SORPRENDE A CONTADORES
Al respecto, Martín Fierro, socio fiscal de RSM Bogarín, comentó que la fecha del decreto fue sorpresiva y muchas grandes empresas no podrán hacer uso de los beneficios, pues ya tienen hecha su planeación financiera para el resto de 2012.
No obstante, las Pymes podrían hacer uso de algunos beneficios, especialmente con el cálculo y la estimación del IETU, así como la no obligatoriedad del dictamen.
Según el decreto una de las facilidades que aplica a todas las personas morales es que ya no tendrán la obligación de expedir constancias de retención de ISR e IVA a favor de las personas físicas cuando les paguen honorarios y/o arrendamientos con un comprobante fiscal digital por internet.
MAYORES ESTíMULOS
Otro de los estímulos, indica el artículo 1.1 del decreto, es referente al PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), y que consiste en disminuir de la utilidad fiscal el monto de la PTU pagada en el mismo ejercicio.
«El citado monto de la PTU de las empresas se deberá disminuir, por partes iguales, en los pagos provisionales correspondientes a los meses de mayo a diciembre del ejercicio fiscal de que se trate», añade.
Presente su declaración ya
¿Quiénes deben presentar su declaración anual?
⇒ Las personas que trabajan por honorarios.
⇒ Si realizó una renta de inmueble.
⇒ Los Repecos.
⇒ Por enajenación de bienes o adquirirlos.
⇒ Por percibir un salario o intereses.
⇒ Cualquier duda consultar www.sat.gob.mx